NOM-036-1-STPS-2018: Manejo manual de cargas y riesgo ergonómico
Levantar, bajar, transportar, empujar, jalar o acomodar materiales forma parte de la operación cotidiana de almacenes, plantas industriales, comercios, centros logísticos y numerosos centros de trabajo.
Aunque estas actividades pueden parecer rutinarias, una técnica inadecuada, una carga excesiva, movimientos repetitivos o una mala organización del trabajo pueden provocar fatiga, dolor lumbar y trastornos musculoesqueléticos.
La NOM-036-1-STPS-2018 establece los elementos para identificar, analizar, prevenir y controlar los factores de riesgo ergonómico derivados del manejo manual de cargas, con el propósito de prevenir afectaciones a la salud de los trabajadores.
¿Qué es el manejo manual de cargas?
La norma considera manejo manual de cargas a las actividades realizadas por uno o varios trabajadores para:
- Levantar o bajar materiales.
- Empujar o jalar objetos.
- Transportar cargas.
- Estibar o acomodar materiales.
- Manipular objetos utilizando fuerza física, con o sin equipo auxiliar.
Para efectos de la NOM, se considera carga a un objeto con una masa igual o mayor a 3 kilogramos.
¿Cuándo aplica la NOM-036-1-STPS-2018?
La norma aplica en todo el territorio nacional y en los centros de trabajo donde existan trabajadores que realicen manejo manual de cargas de forma cotidiana.
La propia disposición define como actividad cotidiana aquella que se lleva a cabo más de una vez al día.
Por ello, puede aplicar en actividades como:
- Operaciones de almacén.
- Carga y descarga de mercancías.
- Líneas de producción.
- Preparación de pedidos.
- Logística y distribución.
- Construcción.
- Mantenimiento.
- Comercio y autoservicio.
- Servicios hospitalarios.
- Manejo de materias primas y producto terminado.
¿Qué riesgos busca prevenir?
El manejo manual de cargas puede generar sobreesfuerzos y lesiones cuando la tarea no corresponde con las capacidades del trabajador o cuando existen condiciones ergonómicas inadecuadas.
Entre los principales factores de riesgo se encuentran:
- Peso y dimensiones de la carga.
- Frecuencia de los movimientos.
- Distancia recorrida.
- Altura de levantamiento o descenso.
- Posición de la carga respecto al cuerpo.
- Giros o inclinaciones del tronco.
- Tipo de agarre.
- Posturas forzadas.
- Ritmo de trabajo.
- Duración de la actividad.
- Condiciones del piso y del recorrido.
- Temperatura, iluminación y espacio disponible.
La norma no limita la evaluación a revisar únicamente el peso. La actividad debe analizarse de manera integral.
Obligaciones principales del patrón
El patrón debe identificar las actividades que impliquen manejo manual de cargas y determinar si existe exposición a factores de riesgo ergonómico.
Entre sus principales responsabilidades se encuentran:
Identificar las actividades de riesgo
La empresa debe reconocer qué puestos, procesos y áreas incluyen levantamiento, descenso, transporte, empuje, arrastre o estiba manual de materiales.
Realizar el análisis ergonómico
El análisis debe considerar las características de la tarea, la carga, la frecuencia, el entorno, la postura y las capacidades del personal expuesto.
Cuando la estimación inicial lo determine, será necesaria una evaluación específica.
Integrar los resultados al diagnóstico de seguridad y salud
El análisis de los factores de riesgo ergonómico debe integrarse al diagnóstico de seguridad y salud en el trabajo relacionado con la NOM-030-STPS-2009. El informe debe documentar las actividades analizadas, resultados, conclusiones y acciones preventivas o correctivas.
Implementar medidas preventivas
Las medidas pueden incluir:
- Uso de carros, plataformas, patines o ayudas mecánicas.
- Rediseño del puesto de trabajo.
- Reducción de distancias.
- Mejora de las superficies de tránsito.
- Modificación de alturas de levantamiento.
- Reducción de la frecuencia.
- Rotación de actividades.
- Pausas de recuperación.
- Trabajo coordinado entre varias personas.
- Mejora del agarre o empaque de los materiales.
- Eliminación de obstáculos.
Capacitar al personal
Los trabajadores deben conocer los riesgos de su actividad, los procedimientos de seguridad y la forma correcta de utilizar equipos auxiliares.
La capacitación no debe limitarse a repetir la frase “levanta con las piernas”. Debe corresponder con las características reales de cada tarea.
Implementar vigilancia a la salud
La empresa debe contar con medidas de vigilancia a la salud para los trabajadores ocupacionalmente expuestos, considerando evaluaciones médicas y seguimiento conforme a los riesgos y hallazgos clínicos.
Límites máximos de masa
La NOM incluye valores de referencia según la edad y el sexo del trabajador:
| Grupo | Masa máxima de referencia |
|---|---|
| Mujeres y hombres menores de 18 años | 7 kg |
| Mujeres mayores de 45 años | 15 kg |
| Mujeres de 18 a 45 años | 20 kg |
| Hombres mayores de 45 años | 20 kg |
| Hombres de 18 a 45 años | 25 kg |
Estos valores no significan que toda carga dentro del límite pueda manejarse automáticamente sin riesgo.
La masa permitida puede ser menor cuando intervienen factores como frecuencia elevada, posiciones incómodas, recorridos largos, agarres deficientes, movimientos repetitivos o condiciones físicas desfavorables.
Para determinados trabajadores mayores de 45 años, la aptitud para manejar masas superiores debe sustentarse mediante valoración médica.
Protección durante el embarazo
La norma contempla medidas especiales para proteger a las trabajadoras embarazadas y durante las primeras diez semanas posteriores al parto.
No deben realizar manejo manual de cargas mayores de 10 kg, ni actividades que impliquen posturas forzadas o movimientos repetitivos prolongados que representen esfuerzo abdominal o de miembros inferiores.
La asignación de actividades debe considerar las condiciones individuales de la trabajadora y la valoración médica correspondiente.
Masa acumulada durante la jornada
La evaluación también debe tomar en cuenta la masa total manipulada a lo largo de la jornada.
En determinadas actividades de transporte manual se establece como referencia una masa acumulada de hasta 10,000 kg durante una jornada de ocho horas, siempre que se cumplan las demás condiciones previstas en la norma.
Este valor no sustituye el análisis ergonómico. La frecuencia, distancia, postura y recuperación del trabajador siguen siendo determinantes.
Obligaciones de los trabajadores
Los trabajadores también participan en la prevención. Entre sus responsabilidades se encuentran:
- Cumplir los procedimientos de seguridad.
- Utilizar correctamente los equipos auxiliares.
- Participar en la capacitación.
- Informar sobre condiciones inseguras.
- Reportar molestias o síntomas musculoesqueléticos.
- Colaborar en evaluaciones médicas cuando corresponda.
- Evitar prácticas improvisadas o contrarias a los procedimientos.
Evidencia documental recomendada
Para demostrar y mantener el cumplimiento, el centro de trabajo debería conservar:
- Identificación de actividades con manejo manual de cargas.
- Análisis de factores de riesgo ergonómico.
- Evaluaciones específicas, cuando correspondan.
- Informe de resultados.
- Programa de prevención y control.
- Procedimientos de trabajo seguro.
- Registros de capacitación.
- Evidencia de entrega y uso de equipos auxiliares.
- Registros de mantenimiento de ayudas mecánicas.
- Programa de vigilancia a la salud.
- Resultados y seguimiento médico.
- Evidencia de acciones correctivas.
- Actualizaciones del análisis cuando cambien procesos o condiciones.
Errores frecuentes de cumplimiento
Algunas empresas consideran que entregar una faja lumbar o impartir una plática breve es suficiente. Sin embargo, estas acciones no sustituyen la identificación, el análisis y el control del riesgo.
Otros errores frecuentes son:
- Evaluar únicamente el peso de la carga.
- No considerar la frecuencia o distancia.
- Ignorar empuje, arrastre y estiba.
- No documentar el análisis.
- Mantener recorridos con obstáculos.
- No utilizar ayudas mecánicas disponibles.
- Asignar la misma carga a todo el personal.
- No revisar síntomas tempranos.
- No actualizar el análisis al modificar procesos.
- Capacitar con ejemplos que no corresponden al puesto real.
Relación con la NOM-006-STPS-2014
La NOM-036-1-STPS-2018 se relaciona con la seguridad en el manejo y almacenamiento de materiales regulada por la NOM-006-STPS-2014.
La NOM-006 se enfoca principalmente en las condiciones de seguridad para el manejo y almacenamiento, mientras que la NOM-036-1 profundiza en la identificación y control de los factores de riesgo ergonómico asociados con la manipulación manual.
La entrada en vigor de la NOM-036-1 dejó sin efectos diversas disposiciones de la NOM-006 relacionadas específicamente con el manejo manual de cargas.
Aplicación completa de la norma
La aplicación completa de la NOM-036-1-STPS-2018 se hizo efectiva a partir del 31 de marzo de 2024, una vez concluidos los periodos escalonados previstos para determinados capítulos.
Esto significa que los centros de trabajo deben contar no solamente con acciones generales de prevención, sino también con los análisis, controles, capacitación y vigilancia a la salud que correspondan.
Lista rápida de cumplimiento
Revisa si tu empresa:
- Ha identificado todos los puestos que manejan cargas.
- Considera cargas iguales o mayores a 3 kg.
- Analiza tareas realizadas más de una vez al día.
- Evalúa peso, frecuencia, altura, distancia, postura y agarre.
- Documenta los resultados.
- Implementa ayudas mecánicas.
- Capacita con base en las tareas reales.
- Vigila la salud del personal expuesto.
- Protege a menores, trabajadores mayores y mujeres embarazadas.
- Actualiza el análisis cuando cambia el proceso.
- Integra los resultados al diagnóstico de seguridad y salud.
Conclusión
La NOM-036-1-STPS-2018 no se limita a establecer cuánto peso puede cargar una persona.
Su verdadero propósito es que las empresas identifiquen las tareas de riesgo, analicen las condiciones reales del trabajo y adopten medidas que reduzcan lesiones y trastornos musculoesqueléticos.
Una operación segura requiere rediseñar actividades, utilizar ayudas mecánicas, capacitar al personal y documentar las medidas preventivas.
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